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URGENTE NUEVA LEY TRANSPORTES
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Autor:  EBRO_BARREIROS [ Mié May 25, 2011 1:07 pm ]
Asunto:  URGENTE NUEVA LEY TRANSPORTES

hola, en diciembre segun he leido entra en vigor una ley nueva de transportes en la cual ahi un parrafo qeu dice Entre los cambios figura, la exención de autorización para los vehículos de hasta 35 toneladas de MMA así como para los vehículos que circulen a una velocidad máxima de 40 km/hora.
pero en otras paginas pone
la exención de autorización para los vehículos de hasta 3,5 toneladas de MMA así como para los vehículos que circulen a una velocidad máxima de 40 km/hora.

tambie e leido qeu no se podran vendere las tarjetas
quiero comprarme un camion de 14000 kilos de pma y quisiera saber si la ley esa deja esentos alos camiones apartir de 3,5 toneladas apartir de 35 toneladas, si los deja apartir de 35toneladas exentos de la tarjeta solo deberia esperarme hasta diciembre para transferir el camion y si es hasta 3,5 toneneladas la exepcion deberia comprar la tarjeta antes de diciembre. si alguie sabe algo y me lo explicase

Autor:  melquiades [ Mié May 25, 2011 9:45 pm ]
Asunto:  Re: URGENTE NUEVA LEY TRANSPORTES

35 toneladas???

Autor:  EBRO_BARREIROS [ Lun Jul 18, 2011 9:23 pm ]
Asunto:  Re: URGENTE NUEVA LEY TRANSPORTES

En tendi mal lo de la nueva ley aqui teneis parte la nueva ley qeu entra en vigor el 4 de diciembre de este año. y las tarjetas de transportes privadas segun pone ahi desaparecen. el enlace http://www.fomento.es/mfom/lang_castell ... cencia.htm

Autor:  melquiades [ Mar Jul 19, 2011 9:37 pm ]
Asunto:  Re: URGENTE NUEVA LEY TRANSPORTES

Pero parece que es para transportes internacionales

Autor:  EBRO_BARREIROS [ Mar Oct 25, 2011 1:45 pm ]
Asunto:  Re: URGENTE NUEVA LEY TRANSPORTES

hola, segun esto yo entiendo que la norma es aplicable a toda la union europea creo, entonces segun esto quitaran las tarjetas alos transportes privados?
yo creo que seran normas para toda europa?
alguie que pueda explicar esto un poco y decir si van aquitar las tarjeta alos privados?

segun estos son los servicios liberalizados que parece entre la norma en vigor el 4 diciembre del 2011

Servicios liberalizados
En el ámbito de la Unión Europea quedan fuera del régimen de la licencia comunitaria y, por consiguiente, no precisan autorización de transporte internacional los siguientes servicios:
Transportes postales en régimen de servicio público.
Transportes de vehículos accidentados o averiados.
Transporte de Mercancías en vehículo ligero (P.M.A. no superior a 6 Toneladas o carga útil autorizada, incluidos los remolques, no superior a 3,5 Toneladas).
Transportes de medicamentos, de aparatos y equipos médicos, y de otros artículos necesarios en casos de ayudas urgentes o de catástrofes naturales.
El Transporte de Mercancías en régimen de servicio privado. Es decir: realizado con vehículos de la empresa, con conductores asalariados de la empresa, sin remuneración por el transporte, y para transportar mercancías fabricadas o adquiridas por la empresa.

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